18 noviembre, 2022
, CÓRDOBA

LOS BARRIOS AL CONCEJO

Hoy 18 de noviembre, en Pasaje Comercio 447 en la Ciudad de Córdoba, vecinas y vecinos de barrios y miembros de organizaciones sociales nos encontramos por tercera vez para reclamar al Concejo Deliberante que lleve nuestra propuesta de reforma tributaria para proteger a las familias que viven en lotes de interés social y barrios populares (contemplados en ley nacional 27694).

Cuando llegamos nos encontramos con el Concejo vallado y los Concejales que se habían comprometido a atender nuestra demanda en una reunión, se ausentaron.

¿Qué son los loteos de interés social y los barrios populares?

Los loteos de interés social son barrios que han logrado soluciones habitacionales a familias de escasos recursos mediante la organización y gestión de políticas sociales por parte de vecinas y vecinos. Son 152 en total.
Los barrios populares son los barrios contemplados en la Ley nacional 27694 de régimen de regularización dominial para la integración socio-urbana, recientemente aprobada por el congreso de la nación. En la ciudad de Córdoba son 163 barrios.
En total la nómina es de 315 barrios.

¿Por qué solicitamos esa reforma?

En 2008 dos Ordenanzas (11711 y 11761)eximieron a las familias y organizaciones comunitarias de los impuestos de renta y municipales, hasta que pudieran escriturar su vivienda y luego abonarían un impuesto con “categoría social” (más bajo y accesible); pero, 2017, derogaron una de las ordenanzas y la otra se cayó. Muchas familias que viven en loteos de interés social están endeudadas, judicializadas y con peligro de embargo, algunas de esas deudas además, son de cuando regía la eximición.

¿Qué proponemos?

La exención del impuesto a las propiedades colectivas sedes comunitarias y loteos no escriturados.
La creación de una categoría social para cuando se escrituren los lotes individuales
La quita de la deuda de todos los lotes que están endeudados hoy.

Necesitamos y exigimos al Concejo Deliberante de la Ciudad trabajar para el cumplimiento del Artículo n°58 de la Constitución de la Provincia en la que se afirma que todos los habitantes tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna.